domingo, 2 de mayo de 2021

Definiciones del tema 1

 DEFINICIONES DEL TEMA 1:

1. *Comarcalización: Proceso que consiste en la creación de una administración territorial intermedia entre los niveles municipal y provincial, con la finalidad de facilitar la cohesión y vertebración territorial y la igualdad de acceso a equipamientos y servicios públicos.

2. Comunidad autónoma. Entidad territorial que, dentro del ordenamiento constitucional de España, está dotada de autonomía legislativa y competencias ejecutivas, así como de la facultad de administrarse mediante sus propios representantes. El Estado español se constituye en 17 CC.AA., que –a su vez- están configuradas por entidades territoriales menores, las provincias.

3. Desarrollo sostenible: Modelo destinado a satisfacer las necesidades actuales sin comprometer los recursos y posibilidades de las futuras generaciones. Según esto, los recursos no se deben utilizar a un ritmo superior al de su ritmo de regeneración y los residuos o contaminantes derivados de su uso no deben emitirse a un ritmo superior al que el sistema natural es capaz de absorber.

4. Estatuto de autonomía: Conjunto de leyes y normas por las que se rigen cada una de las comunidades autónomas españolas. En él ha de establecerse necesariamente la denominación de la comunidad, la delimitación de su territorio, su estructura institucional y las competencias asumidas dentro del marco establecido por la Constitución.

5. Fondos estructurales: Son instrumentos de la Unión Europea para promover un desarrollo armónico de sus distintos territorios, encaminados a reforzar su cohesión económica y social. Entres sus objetivos están fomentar el empleo y la movilidad profesional y geográfica de los trabajadores. Los más importantes son el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA) y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

6. *Mancomunidades: Son Entidades Locales integradas por Municipios que comparten un espacio geográfico común, que se unen para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos

7. *Municipio: Es la entidad territorial básica, compuesta por una o varias localidades agrupadas en un mismo territorio: el término municipal. Su gobierno y administración corresponde al ayuntamiento, integrado por concejales elegidos por los vecinos del municipio y un alcalde elegido por los concejales. Su función es administrar su territorio y prestar servicios a los vecinos.

8. Región: Porción de espacio dotada de unidad a causa de sus características físicas, su pasado histórico, sus capacidades económicas y, eventualmente, la voluntad orgánica de ser un estado. Se diferencia entre región natural,  que sería el espacio que comparte características físicas y biogeográficas, y región política, que es el resultado de la división administrativa de un estado en base a criterios naturales, económicos, históricos o culturales.

9. *Territorios forales: Comunidades autónomas que poseen un tipo  de derechos locales o propios reconocidos por la Constitución, denominados Fueros. Estos eran un estatuto jurídico aplicable a un territorio, que regulaba el ordenamiento jurídico del lugar y las relaciones entre sus habitantes. Corresponden a País Vasco y Navarra.

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